Divorcios en Japón

Si entre Japón y la mayoría de los países hispanohabalntes existen muchas grandes diferencias, se podría citar como uno de los casos el trámite de divorcio, que, cuando en algunos países puede ser de lo más engorroso, difícil o sencillamente inexistente, en Japón sucede todo lo contrario: aquí el divorcio es de lo más fácil, con el trámite que no se demora ni diez minutos. Lo único necesario es que las dos partes se pongan de acuerdo, rellenen un simple papelito y mandarlo al municipio. La ventanilla atiende las 24 horas al día y los 365 días del año, sin cobrar nada (sí, el trámite no cuesta ni un yen), su formulario se puede conseguir en el mismo municipio de manera real o virtual. Qué tal facilidad, ¿no?

A ver, veamos aquí el formulario de divorcio (y su modelo para rellenar, también), donde se ponen:

  1. Datos sobre el esposo y la esposa (apellido y nombre, fecha de nacimiento, dirección de domicilio),
  2. Dirección del registro familiar de la pareja,
  3. Datos sobre los padres del esposo y de la esposa (nombre y apellido y relación),
  4. Tipo de divorcio (por mutuo acuerdo, por juicio, por mediación judicial, etc…),
  5. Opción sobre el cambio de apellido (como es sabido, los matrimonios japoneses llevan un solo apellido, escogido a la hora de casarse. Entonces, una de las partes puede elegir, a la hora de divorcio, (1) recuperar su apellido de soltero/a o (2) seguir con el de su ahora ex cónyuge).
  6. Nombres de los hijos menores de la pareja, y quién (esposo o esposa) tendrá la potestad patria de cada uno de ellos.
  7. Duración de la vida en común (desde cuándo hasta cuándo)
  8. Dirección de domicilio de la pareja antes de la separación (Se deja en blanco si aún no están viviendo separados).
  9. Ocupación de los dos antes de divorcio
  10. Firma y sello de los dos
  11. Firma, sello y dirección de dos testigos (Solo en caso del divorcio por mutuo acuerdo, es decir, sin procesos judiciales)

y es todo.

Así que, en fin, verán que el divorcio en Japón es tan, o incluso más fácil que un simple cambio de domicilio (y sí, ya que el divorcio se acepta a cualquier hora de cualquier día, cosa que no ocurre en caso de la notificación de mudanza). Lo único necesario es que la pareja llegue a un “mutuo acuerdo”, además de decidir quién estará a cargo de los hijos y pedir a algunos (dos) familiares, parientes o amigos que firmen como testigos. Y ya está. Son puros datos formales, y ni siquiera se necesita aclarar el motivo de la ruptura.

Bueno, además del divorcio en sí, en realidad hay que definir ciertos puntos más:

  • Sobre lo económico (indemnización y repartición de bienes).
  • Sobre los hijos (ya se decidió quién/es va/n a estar a cargo de los hijos, pero hay que definir, además, el tema de régimen de visitas y alimentos).

En estos detalles, el Estado no se mete, en absoluto, ya que es asunto de la pareja. Si los (ex) cónyuges logran llegar a un acuerdo mediante conversaciones, pueden hacer una promesa verbal, un simple memorando firmado por los dos o, para estar más seguros, optar por confeccionar una escritura notarial… como mejor les parezca, porque la ley no especifica un formato, trámite ni nada.

Y… bueno, habría que agregar que todo lo mencionado arriba es para casos de las parejas que logran ponerse de acuerdo entre los dos. Si no, el caso se resolverá mediante procesos judiciales y eso sí, podría ser bien engorroso, costoso y lento.

Y otra cosa más… los trámites ante las autoridades japonesas solo pueden disolver el matrimonio ante la ley japonesa, lo cual significaría, por ejemplo, que si una pareja de japonés y latina (o japonesa y latino) se divorcia en Japón, el matrimonio sigue siendo válido ante la ley del cónyuge latino, a menos que se haga el respectivo trámite de divorcio en su país también. La pareja japonesa no tendrá problema (a menos que quiera casarse nuevamente con alguien del mismo país latino), pero el/la ex cónyuge latino/a sí, ya que si no se disuelve el matrimonio en su país de origen, no podrá volver a casarse legalmente (tema que después puede causar problemas de nacionalidades de sus hijos con otras parejas en el futuro).

27 comentarios

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27 Respuestas a “Divorcios en Japón

  1. Pablo Jiménez

    Hola 759:

    Son interesantes las facilidades existentes para realizar el trámite de divorcio en Japón. Sobre las nacionalidades de los hijos después de un divorcio, recordé un par de anécdotas que he escuchado respecto a la legislación chilena.

    Saludos.

  2. Aquí en España hace cinco años, creo, se aprobó la que coloquialmente se llama «Ley del divorcio express». Agiliza muchísimo los trámites de divorcio siempre que sea de mútuo acuerdo y, como tú bien indicas en tu post, los conyuges hayan llegado a un acuerdo respecto a custodia de los hijos y reparto de bienes.

    Por ejemplo, se elimina la necesidad de un periodo de separación previo, que antes se daba siempre (primero te separabas, con sus trámites, y después te divorciabas, con sus trámites otra vez). El divorcio puede pedirse al cabo de tres meses de transcurrido el matrimonio (no es tan inmediato como en Japón, pero es que antes incluso para pedir la separación tenía que pasar más tiempo). Y, sobre todo, ya no tiene que aportarse un motivo por el cual te divorcias, algo que se reclamaba porque nadie te pregunta porqué te casas :p

    Pero, la verdad, me quedo casi con el método japonés. Me parece mucho más eficiente.

    Saludos y un abrazo.

  3. 759

    Hola Pablo Jiménez,
    La verdad, por una parte, es que no sé si es necesaria tanta facilidad… para disolver un lazo que supuestamente, iba a durar hasta la muerte de una de las parejas. Bueno, últimamente he leído en el periódico que en China sucede algo parecido, o incuso más fácil…,
    http://www.esmas.com/salud/787733.html
    e inluso hubo una pareja que se divorció tan solo 25 minutos después de haberse casado. http://www.yomiuri.co.jp/world/news/20100613-OYT1T00567.htm

    A ver qué te parece..

    Gracias por el comentario. Saludos.

    Hola Leydhen,
    Aquí creo que el tiempo de separación antes de divorcio sería solo requerido en algunos casos de divorcio sin mutuo acuerdo…
    El caso típico podría ser así, por ejemplo: “Por infidelidad del marido, los dos deciden vivir separados y así deja de existir, de hecho, la vida en común. Existe la intención “mutua” de no continuar con la vida matrimonial, pero la mujer rechaza el divorcio porque no le da gracia que su marido pueda casarse luego con su amante. Sea, por castigo el marido sigue atado a su esposa legal, cuando él, siendo el “culpable” (y no víctima) de la ruptura no tendría argumento para reclamar divorcio….” (Antes no se admitía divorcio en tal situación, pero últimamente si en algunos casos, porque, en fin, el matrimonio para venganza es una relación demasiado insana, más allá de quién fue el responsable).
    Pero, bueno, para la separación creo que no existe ningún trámite aquí. Los dos deciden y viven separados de hecho nomás.
    … aunque, en fin, lo ideal sería no tener que enfrentar tal situación.
    Gracias por el comentario. Saludos.

  4. Pablo Jiménez

    Hola 759:

    Bastante rápido el divorcio. Creo que en Chile las condiciones exigen iniciar los trámites recién un año después de celebrado el contrato matrimonial. Por lo demás, el matrimonio debe contemplar la alternativa del divorcio, aún cuando el ideal declarado es que sea «hasta que la muerte nos separe». Quiérase o no, el vincularse a alguien como pareja siempre es una apuesta a lo desconocido para ambas partes. Y por mucha buena voluntad que exista, siempre hay elementos que pueden afectar a un matrimonio de tal manera, que la única salida posible es el divorcio.

    Un gran saludo 🙂

  5. 759

    Hola Pablo Jiménez,
    Bueno, creo que el matrimonio no debería ser demasiado fácil de resolver, porque así no tendría mucho sentido, pero por otra, debería también existir una manera de rehacer la vida luego de un fracaso… Bien difícil el asunto, ¿no?
    Saludos, y gracias por el comentario.

  6. EoE GOTY 2010

    ¿este sistema de dicorcio desde cuando lleva vijente? Me interesaria saber si este sistema existia ya en la década de los 90.

  7. 759

    Hola EoE GOTY 2010
    Lo que puedo decir ahora es que el actual Código Civil de Japón data del año 1896. De ahí habrá habido ciertos cambios en leyes relacionadas y por eso no sé si el sistema sería exactamente el mismo que hace más de 100 años, pero creo que básicamente no ha habido mucho cambio en cuanto al “divorcio por mutuo acuerdo”. Así que este sistema tiene bastante historia.
    Saludos y gracias pro el comentario.

    • EoE GOTY 2010

      Gracias por responderme 759, la pregunta la hice por documentarme, tengo entre manos una historia que quiero escribir y ciertos eventos arrancan en la década de los 90.

      Tambien encontre un texto de Alberto Matsumoto que tambien me viene de lujo para mi historia y que os dejo el enlace por si le interesa a alguien, es sobre tema de adpciones y guarda custodia.

      http://www.ideamatsu.com/matrimonio-divorcio/500-1-2.htm

  8. 759

    Hola EoE GOTY 2010,
    Espero que te sirva de algo lo que escribí. Del Sr. Matsumoto, yo antes leía su boletín impresa sí tiene mucha información útil para la vida de los extranjeros en Japón.
    Gracias por volver a comentar. Saludos.

  9. A veces el «mutuo acuerdo» es bastante difícil 😛
    Saludos.

  10. 759

    Hola Nora,
    Hay situaciones difíciles pero hay que buscar una solución, ¿no?
    Gracias por el comentario. Saludos.

  11. Maya

    Hola! Muchas gracias por tu blog.Tengo un amiga que esta en proceso de divorcio en Japon pero su esposo japones no quiere divorciarse de ningun modo. Sera imposible divorciarse para ella o pasado un plazo de tiempo es posible?

  12. 759

    Hola Maya,
    En caso de tu amiga (suponiendo que se trata de una pareja de japonés y latina viviendo en Japón), podría ser…
    (1) Si no existe un mutuo acuerdo entre los dos, normalmente se recurriría primero a un proceso de mediación (negociación indirecta entre las dos partes, por intermedio de una especie de consultores designados por el Juzgado de Asuntos Familiares).
    (2) Si no se llega a un acuerdo por mediación, habría que presentar una demanda de divorcio por juicio, que es posible solo cuando hay una causal (“Infidelidad del cónyuge”, “Abandono malintencionado del hogar por parte del cónyuge”, “Desaparición del cónyuge durante tres años o más”, “Psicosis severa e incurable del cónyuge” o “Alguna otra causal grave que impida la continuación de la vida matrimonial”).
    En fin, el divorcio es posible si existe un motivo justificable, pero puede necesitar tiempo y dinero (el costo del proceso judicial, abogado, etc.) en caso de no ser por mutuo acuerdo.
    Lo más recomendable sería consultar con algún especialista (abogado) directamente para conseguir informaciones correctas. Muchos municipios y Asociaciones Internacionales tienen su ventanilla de consultas, de manera gratuita típicamente, así que sería bueno recurrir ahí primero.
    De todas maneras, gracias por la visita y comentario. Saludos.

  13. tony

    Hola..mi esposa es japonesa y me esta siendo infiel….nos casamos hace 5 anhos y no tenemos hijos todavia…ella tiene mucho dinero..
    que puedo hacer? demandarla? podria pedir indemnizacion por infidelidad?

  14. 759

    Hola Tony,
    Aquí teóricamente la infidelidad puede ser causal de divorcio y sí que se podría presentar una demanda o exigir una indemnización, etc… pero de todas maneras, hay que recordar que cada caso es particular y también depende del grado de la supuesta infidelidad, así que convendría consultar antes con algún especialistas en el tema y también juntar pruebas por si acaso… (Y otra cosa, en caso de una pareja internacional, primero hay que determinar cuál sería la legislación que se aplicará…. ¿la del país del esposo, de la esposa o del país en que reside la pareja?)
    De todas maneras, suerte y gracias por la visita.
    Saludos.

  15. Patricia Gomez

    Hola,
    No sé si mi caso sea más complicado, estuve viviendo con mi esposo durante 1 año y 3 meses (estos 3 meses fueron una pesadilla para mi). Disculpa que sea textual en mis comentarios… Mi esposo abuso económicamente haciéndome pagar por todos los gastos de la casa y durante el tiempo q vivimos con su mama (6 meses), me afecto de tal forma que tuve una depresión muy fuerte donde perdí peso y mi estado de salud se complicó tanto que perdí mi ciclo menstrual por unos meses, me llevo al doctor, para q volviera a ser regular. Tuve que regresar de Emergencia a México, mi esposo dijo q no había problema en regresar a mi país de origen, pasado un mes, quise regresar y él no me lo permitió, se quedó con mi sello, solo cuento con mi tarjeta de residente temporal. Ahora después de haber tratado mi depresión y haber ido al psicólogo, hace un mes hable con él para pedirle el divorcio nuevamente (desde que no me dejo regresar, le pedí el divorcio y dice que me lo va a mandar en 1 mes, “eso tiene ya casi 3 meses”), no se que hacer y por eso me puse a buscar en Google alguna respuesta.

    Puede ayudarme??
    De antemano muchas Gracias
    Patricia Gomez

  16. 759

    Hola Patricia Gomez,
    Antes que nada, muchas gracias por el comentario y por compartir la experiencia, y disculpas por tanta demora en contestarte… Bueno, la verdad es que sobre el caso no puedo comentar mucho porque, en fin, no soy nada experto en el tema y sería mucha irresponsabilidad dar consejos quizá no muy acertados que luego pueda afectar de gran manera a la vida de las personas, así que siempre opto por limitarme a decir que cuente con la ayuda de algún especialista, ya sea un psicólogo en lo mental y un abogado en lo judicial por ejemplo. Si es que vive en Japón hay municipios o asociaciones internacionales que ofrecen el servicio de consultas gratuitas con ese tipo de especialistas, incluso con el servicio de traductor en español…
    Así que espero pueda encontrar una ayuda adecuada y, en fin,
    Ánimo y suerte.

  17. cherryBloom

    en el momento de divorciarse alli en el saiban de familia puedo conservar mi apellido japones?…osea el apellido de mi expareja?…

  18. cherryBloom

    soy latina y mi exesposo japones.

  19. 759

    Hola cherryBloom
    Yo tengo entendido que en caso del matrimonio internacional en Japón los dos cónyuges, tanto el de nacionalidad japonesa como el de nacionalidad extranjera, conservan su(s) apellido(s) de soletro/a… o ¿no? Y si no hay cambio de apellido al momento de casarse, tampoco hay cambio a la hora de divorcio, o es lo que creo, al menos ante la autoridad japonesa. Si es que hubo algún trámite ante la autoridad extranjera (del país de origen de la esposa latina) para que la esposa adoptara el apellido de su esposo, sería asunto del consulado de ese país dejar o no que su nacional conserve el apellido de su expareja…
    De todas maneras, lo que puedo decir no es más que una suposición mía, no muy certera ya que no soy nada profesional del tema, así que si se necesita informaciones o datos más confiables, habría que preguntar al consulado/municipio o abogados de Japón o del otro país.
    Como sea, gracias por el comentario. Saludos.

  20. si entiendo que una vez divorciada se pierde el apellido de casada y se retoma el apellido de soltera. pero que pasa si se desea conservar el apellido de casada? es que conosi a alguien que siendo divorsiada aun conserva el apellido de su ex esposo japones… por eso deje aqui la pregunta.en si facilitaria continuar con los tramites frimando igual con el nombre de casada solo eso… eso se puede hacer? conservar el apellido del ex?….y a los hijos les vendria bien que su madre continuara con el apellido de su padre. lo veo solo como una opcion buena.
    hoy dia la gente se cambia el nombre si lo desea. por que no podria conservar el apellido japones. es que hasta me da pereza firmar dos nombres y dos apellidos cuando podria….ponerme solo un apellido jajajaj

  21. 759

    Hola cherryBloom
    Bueno, veamos que…
    x En caso de un matrimonio entre japoneses, los dos cónyuges llevan un mismo apellido (lo cual significa que uno/a de ellos pierde su apellido de soltero/a al momento de casarse). Si esta pareja se divorcia, el/la cónyuge que cambió de apellido al casarse tiene la opción de (1) seguir con el apellido de casado/a o (2) retomar el apellido de soltero/a (y dejar el apellido de su ahora ex). Si tu amiga divorciada tiene la nacionalidad japonesa, puede ser este caso (1).
    x En caso de un matrimonio entre japones/a y extranjero/a, el/la cónyuge japones/a tiene la opción de (1) seguir con su apellido o (2) adoptar el apellido de su pareja. En ninguno de los casos, el casamiento no afecta al apellido del/a contrayente extranjero/a ante la autoridad japonesa (es asunto de la autoridad extranjera…).

    Y ahora, mi curiosidad sería saber si figura tu “apellido japonés” en algún documento oficial tuyo de identidad:
    ¿en tu pasaporte?, ¿en tu DNI? (en tal caso, podrías preguntar al consulado qué pasa con el apellido después de divorcio);
    o ¿en tu carnet de extranjería o “zairyû kâdo”, «certificado de domicilio», etc? (en tal caso, podrías preguntar al municipio u oficina de inmigración).
    Si el apellido japonés no figura en ninguno de tus documentos de identidad, digamos que ese apellido no forma parte de tu nombre legal, sino que lo estás usando meramente por costumbre o para conveniencia en la vida en Japón, y en ese caso, de repente podrías seguir así, INFORMALmente usando el apellido de tu ex. (Mira por ejemplo que algunas empresas japonesas permiten, dentro de su oficina, que sus empleado/as sigan usando su apellido de soltero/a aún después de haberse cambiado de apellido al casarse… Y ¿acaso no será algo así, aunque de forma inversa, lo que dices? Si es eso, habrá que preguntar a tu oficina, escuela de tus hijos, etc…
    Saludos

  22. cherryBloom

    Gracias por responder. y no tenia muy claro este detalle. es que si en ese momento de hacer un divorcio no se tiene esto bien en claro… y cuando se desconose ventajas y desventajas en esto… a futuro criando hijos aqui. valdria la pena entenderlo bien. son detalles que se aprenden ya con el pasar de los años.
    he conosido gente que se ha cambiado el nombre y se lo han puesto con kanji. y ahi pense debi haberme quedado con mi apellido.ajajja

  23. Acostumbro cada mañana buscar posts para pasar un buen momento leyendo y de esta forma me he tropezado vuestra web. La verdad me ha gustado el articulo y pienso volver para seguir pasando buenos momentos.
    Saludos

  24. 759

    Hola abogado divorcios alicante,
    Muchas gracias por el comentario y espero poder seguir compartiendo algo útil o interesante, aunque a veces es difícil, por cuestión de tiempo y otras cosas de la vida…
    Saludos.

  25. Gracias por compartir con todos nosotros toda esta amena información. Con estos granitos de arena hacemos màs grande la montaña Internet. Enhorabuena por esta web.

    Saludos

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